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Ley 2300 DE 2023 - Ley de la Intimidad

Por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores.

 

Su Banco Amigo quiere compartir con usted información importante sobre las nuevas disposiciones adoptadas por el Gobierno Nacional en la Ley 2300 expedida el 10 julio de 2023, por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores. 

La Ley 2300 de 2023 más conocida como la “Ley dejen de fregar”, busca proteger el derecho a la intimidad de los consumidores y regular la cantidad de mensajes publicitarios, canales y horarios en los que las personas pueden ser contactadas para realizar gestión de cobro o recibir información de carácter comercial.

La ley 2300 se encuentra vigente desde el pasado 10 de julio de 2023 y su plazo de implementación es de máximo 3 meses, por lo cual se contempla que para el10 de octubre, esta ley estará implementada y deja sin efectos legales cualquier disposición que le sea contraria.

Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranzas de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.

Los clientes podrán ser contactados únicamente por los canales que ellos autoricen para tal efecto, los cuales deberán ser informados y socializados previamente, con el fin de que los consumidores elijan cuáles autoriza.

Las prácticas de cobranzas y envío de mensajes de carácter comercial o publicitario se deberán realizar de manera respetuosa y sin afectar la intimidad personal ni familiar del consumidor de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm y sábados de 8:00 am a 3:00 pm.

Si. En caso de que el consumidor requiera ser contactado en horarios distintos a los establecidos, deberá manifestarlo expresamente a través de un instrumento distinto al contrato o acto que rige la relación jurídica entre el consumidor y el gestor de cobranza y posterior a la suscripción de este.

Una vez establecido un contacto directo con el consumidor, este no podrá ser contactado por parte de gestores de cobranza mediante varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día.

En ningún caso las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las entidades que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación incluyendo a las personas naturales; podrán contactar a las referencias personales o de otra índole.

Si. Siempre y cuando se apliquen los lineamientos mencionados en la presente Ley.

No podrá obligarse al consumidor a aceptar recibir mensajes comerciales de ninguna índole cuando se realice una transacción comercial de bienes o servicios, o se ingrese a un edificio o local.

 

Adicionalmente, el emisor del mensaje deberá habilitar y disponer de un mecanismo ágil, sencillo y eficiente para cancelar en cualquier momento la recepción de mensajes y correos, siempre y cuando no exista el deber contractual de permanecer en la respectiva base de datos de cobro.

Las personas naturales y jurídicas se abstendrán de adelantar visitas de cobro al lugar de trabajo o domicilio. Aplican las siguientes excepciones: 

  • Cuando se trate de obligaciones adquiridas a través de microcrédito, crédito de fomento, desarrollo agropecuario o rural siempre y cuando exista autorización expresa del consumidor.
  • Cuando las personas naturales y jurídicas gestoras de cobranza, no cuenten con información actualizada de los canales autorizados.
  • Cuando los operadores de telefonía y empresas de mensajería física o electrónica reporten imposibilidad de contactar o entregar los mensajes al consumidor destinatario, todo lo cual deberá constar en el registro respectivo.

Las medidas exceptuadas son: 

  • Aquellas que tengan como finalidad informar al consumidor sobre confirmación oportuno de las operaciones monetarias realizados, sobre ahorros voluntarios y cesantías.
  • Enviar información solicitado por el consumidor.
  • Generar alertos sobre transacciones fraudulentos, inusuales o sospechosos.

El cliente puede acercarse a cualquier oficina a nivel nacional o comunicarse con la Línea Amiga en Bogotá (601) 542 6446 o en el resto del país 018000 910 038.

  • Teléfono fijo
  • Teléfono celular
  • SMS
  • Correo electrónico
  • WhatsApp