Usted podrá realizar abonos extraordinarios a su crédito en cualquier momento y destinarlos a disminuir el plazo o el valor de la cuota. Estos pagos se podrán realizar a través de cualquiera de nuestras oficinas.
Mejore sus condiciones
Disminución de la tasa de interés en su crédito
Trámite sencillo
No requiere proceso de escritura ni registro de una nueva hipoteca
Traslado de cobertura de tasa
Si el crédito tiene subsidio de tasa del Gobierno, el beneficio se traslada y no se pierde
Disminución de base gravable en renta
Los intereses pagados podrán disminuir la base gravable de la declaración de renta
Permite cambio de condiciones
Puede modificar el plazo y sistema de amortizacion, según sus necesidades
De 5 a 20 años
VIS y No VIS
En pesos y UVR, con cuota fija y abono a capital
Desde 1,5 SMMLV
Edad: 18 hasta 70 años
Ingreso mínimo: 1,5 SMMLV
Contar con buen comportamiento en sus hábitos de pago y endeudamiento
Aplica para entidades vigiladas por la Supefinanciera, Supersolidaria y Cajas de Compensación (Colsubsidio - Compensar)
No, al realizar la cesión de hipoteca el beneficio se traslada por el tiempo restante, según la cobertura otorgada por el Gobierno.
El único costo que el cliente debe asumir al realizar la cesión de hipoteca, es el correspondiente al avalúo del inmueble en los casos que aplique.
Usted podrá realizar abonos extraordinarios a su crédito en cualquier momento y destinarlos a disminuir el plazo o el valor de la cuota. Estos pagos se podrán realizar a través de cualquiera de nuestras oficinas.
Seguro de Vida que ampara a los deudores del crédito y Seguro de Incendio, Rayo y Terremoto que ampara al inmueble en caso de siniestro.